Cuando se habla de impago en la Ley de Segunda oportunidad, se refiere al incumplimiento de la obligación de abonar una cantidad debida en el plazo convenido.
Esta situación se produce cuando el deudor no satisface sus obligaciones según lo pactado en el contrato o título ejecutivo, generando responsabilidad y posibles intereses de demora. El impago puede dar lugar a reclamaciones judiciales, inclusión en ficheros de morosidad y la activación de garantías personales o reales. En el ámbito concursal, los impagos son relevantes para determinar la masa pasiva, iniciar procedimientos de cobro y evaluar la necesidad de medidas como acuerdos de refinanciación, quitas o exoneración del pasivo insatisfecho.