La unidad productiva en el contexto de la Ley de Segunda Oportunidad, se refiere al conjunto de medios organizados para el ejercicio de una actividad económica. En el concurso puede transmitirse para conservar el empleo y maximizar el valor del activo (arts. 215224 TRLC).
Su venta o cesión permite mantener la continuidad de la actividad empresarial, proteger los puestos de trabajo y generar ingresos que contribuyan al pago de los acreedores. La gestión de la unidad productiva dentro del procedimiento concursal busca equilibrar los intereses del deudor, los trabajadores y los acreedores, evitando la liquidación desordenada de activos y facilitando soluciones viables de reorganización, venta o integración en nuevas estructuras económicas.