En el contexto de la Ley de Segunda Oportunidad, la exoneración parcial se refiere a la liberación limitada a una parte del pasivo, generalmente por cumplimiento parcial del plan de pagos o exclusión de ciertos créditos. Implica que el deudor queda liberado únicamente respecto de una fracción de sus deudas, manteniéndose la obligación sobre los créditos no exonerables o sobre aquellos que no cumplan los requisitos legales para su cancelación. Esta modalidad se aplica cuando el deudor ha demostrado buena fe y ha satisfecho parte de sus compromisos conforme al plan aprobado, pero subsisten limitaciones derivadas de la naturaleza de algunos créditos o de los topes establecidos en la normativa