El mandamiento judicial en la Ley de Segunda Oportunidad es la orden escrita del juzgado para ejecutar actos procesales como embargos, requerimientos o levantamientos de cargas.
Se emite por autoridad judicial y constituye un instrumento formal que garantiza la correcta ejecución de las resoluciones dictadas en un procedimiento. Su cumplimiento corresponde a los órganos administrativos o registrales competentes, como notarías, registros o entidades financieras. En el ámbito concursal, los mandamientos judiciales aseguran la efectividad de las medidas adoptadas para conservar o realizar el patrimonio del deudor, garantizando la transparencia y legalidad del proceso de ejecución o liberación de bienes.