El documento notarial desde el punto de vista de la Ley de Segunda Oportunidad se refiere a la escritura o acta autorizada por notario con fe pública. Tiene plena eficacia probatoria y ejecutiva.
Constituye un instrumento público otorgado ante notario, quien da fe de la identidad, capacidad y consentimiento de las partes intervinientes. Los documentos notariales gozan de autenticidad y producen efectos jurídicos plenos, sirviendo como medio de prueba y título ejecutivo conforme a lo dispuesto en la legislación notarial y procesal. Su función principal es dotar de seguridad jurídica a los actos y negocios documentados, garantizando su validez y eficacia frente a terceros.