El deudor dentro del marco de la Ley de Segunda Oportunidad es la persona física o jurídica obligada al pago de una deuda. En la Segunda Oportunidad, puede obtener la exoneración del pasivo insatisfecho si cumple los requisitos legales.
Se considera deudor a quien se encuentra en situación de insolvencia, actual o inminente, y no puede cumplir regularmente con sus obligaciones de pago. El deudor de buena fe puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho, siempre que acredite haber actuado con transparencia, colaboración y cumplimiento de las exigencias legales. La finalidad de este mecanismo es permitir al deudor iniciar una nueva etapa libre de la carga de las deudas anteriores, favoreciendo su reintegración económica y social.