La conciliación en la Ley de Segunda Oportunidad es el procedimiento destinado a alcanzar un acuerdo entre partes para evitar litigio judicial. En materia concursal puede aplicarse en acuerdos previos de pago o mediación. Su finalidad principal es ahorrar tiempo, costes y complejidad propios de los litigios, fomentando soluciones consensuadas y sostenibles.
En el ámbito concursal, la conciliación se aplica especialmente en los acuerdos previos de pago, mediaciones o negociaciones entre el deudor y sus acreedores antes de la declaración formal de concurso. Facilita la reestructuración de deudas, la negociación de quitas y esperas, y la posible prevención de la insolvencia, promoviendo acuerdos que permitan al deudor continuar con su actividad económica y a los acreedores recuperar parte de sus créditos de forma ordenada.