La carga hipotecaria en la Ley de Segunda Oportunidad es el gravamen que asegura una obligación mediante hipoteca. En liquidación, se paga al acreedor hipotecario según el rango registral.
En procedimientos concursales o de liquidación de activos, las cargas hipotecarias determinan la prioridad de pago entre los acreedores. El bien hipotecado se integra en la masa activa, y los fondos obtenidos de su realización se destinan primero a satisfacer al acreedor hipotecario, siguiendo el orden de prelación establecido en el registro de la propiedad. El rango registral es determinante, ya que los créditos hipotecarios inscritos con anterioridad prevalecen sobre los posteriores, asegurando un reparto equitativo y conforme a la ley.
El reconocimiento y respeto de las cargas hipotecarias garantiza la seguridad jurídica, protege los derechos de los acreedores y permite que la liquidación de bienes inmuebles se realice de manera ordenada y transparente.