La afectación patrimonial en la Ley de Segunda Oportundad es vinculación legal o judicial de determinados bienes al pago de deudas o a un proceso concursal.
La afectación patrimonial consiste en la sujeción de determinados bienes del deudor a un destino concreto, ya sea para garantizar el cumplimiento de obligaciones frente a los acreedores o para integrarse en la masa activa del procedimiento concursal. Esta vinculación puede derivar de disposiciones legales, contratos con garantía real (como hipotecas o prendas), o resoluciones judiciales que determinen la exclusión o inclusión de bienes en un proceso concursal.
Su finalidad es asegurar que ciertos bienes tengan un uso específico destinado a la satisfacción de créditos y que no puedan ser enajenados, gravados o utilizados libremente por el deudor, preservando así los derechos de los acreedores y la transparencia en el procedimiento concursal.